Actualizado el 10 de Noviembre de 2023
Si te mueves en patinete eléctrico de manera habitual, seguramente te hayas preguntado (más de una vez) si estarás saltándote alguna norma, sin ni siquiera haberte dado cuenta.
Si esto te suena, no te preocupes, porque creo que es algo que nos ha pasado a todos 😉
Y es que el ‘boom’ de los últimos años, ha provocado que la normativa y legislación de los patinetes eléctricos en España esté siendo modificada y actualizada constántemente.
Y muchas veces esto provoca confusión, y falta de claridad sobre las normas que tenemos que cumplir (o no cumplir) los usuarios de patinetes eléctricos.
Para ahorrarte el tiempo y el esfuerzo de entender toda la legislación (algo que ya me ha tocado hacer a mí), en este artículo te hago un resumen de los puntos clave que debes tener en cuenta si circulas en patinete eléctrico.
¡Vamos a por ello!
Nueva normativa de la DGT aplicable en 2023 – Resumen
La normativa vigente de la DGT impone lo siguiente para los patinetes eléctricos:
- Velocidad máxima de circulación de 25 Km/h
- No hay obligación de contratar un seguro si el patinete es para uso particular (sí será obligatorio para empresas que alquilen patinetes). Aunque cada Ayuntamiento tendrá libertad para imponer el seguro como obligatorio.
- No se puede circular por las aceras, zonas peatonales, travesías, vías interurbanas, autopistas y autovías, ni tampoco por túneles urbanos.
- Solo puede circular 1 persona en el patinete (son vehículos monoplaza).
- Es obligatorio el casco
- Está prohibido circular habiendo bebido alcohol, usando el móvil o con auriculares puestos.
- Si la policía te lo pide, debes enseñar la ficha técnica que proporciona el fabricante, donde debe figurar que el patinete cuenta con la homologación CE europea. Esto puede ser en papel impreso o en el móvil, y se descarga normalmente de la web del fabricante.
- No es necesario Permiso de Circulación (vehículo), ni de Carnet de Conducir (persona)
- ATENCIÓN: Se establece como obligatorio para los patinetes eléctricos contar con un nuevo Certificado de VMP (vehículo movilidad personal), que emitirá la DGT y que tendrán que gestionar cada uno de los fabricantes. Este certificado lo proporcionará el fabricante a sus clientes al comprar el patinete.
-
- A partir de 22-Enero-2024 todos los patinetes que se vendan en España tienen que contar con el Certificado de VMP.
- Todos los patinetes vendidos antes del 22-Enero-2024 podrán circular sin el Certificado de VMP hasta 22-Enero-2027.
- A partir de 22-Enero-2027 solo podrán circular los patinetes que cuenten con el Certificado de VMP.
¿Hay una edad mínima para circular en patinete eléctrico?
La normativa nacional dice que la edad mínima para circular en un patinete eléctrico es algo que debe regular cada Ayuntamiento, de manera particular

Por lo tanto, la legislación a nivel nacional no dice nada sobre cuál es la edad mínima obligatoria para poder circular con un patinete eléctrico.
Si un Ayuntamiento no tuviera una ordenanza o una normativa que regulase cuál es la edad mínima, entonces es un aspecto que quedaría en vacío legal.
Por ejemplo, esto es lo que dicen las ordenanzas de algunas ciudades:
- Barcelona: 16 años
- Madrid: 15 años
- Sevilla: 15 años
- Valencia: 16 años
- Bilbao: 16 años
- Zaragoza: No hay edad mínima
- A Coruña: 15 años
- Pamplona: 14 años
¿Es obligatorio el uso del casco para circular en patinete eléctrico?
La normativa nacional dice que el uso del casco es obligatorio
(pero ojo, sigue leyendo más abajo 👇)

Ahora bien, aunque la Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial intenta ser muy clara:
También deja la puerta entre-abierta con eso de «en los términos que reglamentariamente se determine» 🚪.
Por eso, aunque en teoría el casco es obligatorio, todavía hoy (2023) no hay un consenso a nivel de Ayuntamientos y normativa nacional de en qué situaciones es obligatorio y en cuáles no.
Y ese «consenso» tendrá que venir seguramente en forma de modificación del Reglamento General de Circulación, donde se especifique además cuáles son las sanciones imponibles. Hasta que llegue ese momento, el tema del casco queda en manos de los Ayuntamientos, o en «vacío legal» en caso de que éstos últimos no hayan establecido normativa al respecto.
Actualmente hay Ayuntamientos que están multando por esto, y otros no lo están haciendo 👮♀️📜. Esa es la realidad a día de hoy.
- Guárdate esta página en tus Favoritos si no lo has hecho ya, porque estaremos pendientes desde MundoMovilidad para ver cómo evoluciona la normativa, y actualizaremos este artículo.
¿Es obligatorio contratar un seguro para circular con mi patinete eléctrico?
Según la normativa nacional, no es obligatorio contratar un seguro para los patinetes eléctricos de uso particular que estén homologados como Vehículo de Movilidad Personal *
* Aquí puedes leer qué requisitos tiene que cumplir un patinete eléctrico para ser considerado por Ley como un Vehículo de Movilidad Personal (VMP).

- ¡Tranquilo! ¡No te preocupes! porque todos los patinetes eléctricos de las marcas más conocidas como Xiaomi, SmartGyro, Cecotec (menos el modelo Demigod Makalu), Hiboy…. son patinetes homologados como VMP y no necesitan un seguro.
Dicho esto, es importante recordar también que según dice la normativa nacional, cada Ayuntamiento individual tendrá la autoridad para poder exigir la contratación de un seguro a los patinetes eléctricos VMP.
A día de hoy (ver fecha de última actualización de este artículo en la parte superior), los únicos Ayuntamientos que exigen tener un seguro para circular en patinete eléctrico VMP son:
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- Barcelona
- Benidorm
- Alicante
- Castellón
- Bilbao
- San Vicent del Raspeig
- Palencia
- Pozuelo de Alarcón
- Mahón
- ¡Ojo! Aunque el seguro no sea obligatorio en la mayoría de Ayuntamientos, personalmente te recomiendo que contrates uno (sobre todo si te mueves en patinete de manera habitual).
- Por poco más de 30€ al año tendrás la tranquilidad de estar cubierto ante cualquier accidente, daño o lesión que puedas provocar a otros conductores o peatones (si provocas un accidente, las indemnizaciones pueden llegar a decenas de miles de euros 😮 ).
- Son varias las compañías que ofrecen seguros para patinete eléctrico: Axa, Zurich, Mapfre, Racc, Allianz o Mutua Madrileña…
En mi caso tengo contratado el seguro con Zurich: tiene una cobertura más que suficiente (300.000€), es rápido de contratar (se hace todo online), y es de los más baratos (unos 30€/año).
Este es el seguro que yo tengo, y uno de los mejores actualmente.
Puedes calcular aquí el precio de tu seguro con Zurich.
OJO: Acabo de echar un vistazo y este año parece que Zurich ha bajado los precios, y ahora el precio del seguro de patinete es desde 20€ al año
¿Es obligatorio matricular mi patinete eléctrico?
No es obligatorio matricular tu patinete eléctrico mientras cumpla con los requisitos para ser considerado un VMP (Vehículo de Movilidad Personal) *
* Aquí puedes leer qué requisitos tiene que cumplir un patinete eléctrico para ser considerado por Ley como un Vehículo de Movilidad Personal (VMP).
- ¡Tranquilo! ¡No te preocupes! porque todos los patinetes de las marcas más conocidas como Xiaomi, SmartGyro, Cecotec (menos el modelo Demigod Makalu), Hiboy…. son patinetes homologados como VMP y no necesitan matriculación.
¿Qué requisitos tiene que cumplir un patinete eléctrico para ser considerado un Vehículo de Movilidad Personal (VMP)?
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- Tener 1 o más ruedas
- No transportar más de 1 persona
- Estar propulsado únicamente por motor/es eléctrico
- Tener una velocidad máxima (por diseño) entre 6 y 25 Km/h
- No llevar asiento ni sillín
Además, deben cumplir los siguientes requisitos técnicos:
Potencia nominal | Vehículos sin auto-equilibrado: ≤ 1000 W
Vehículos con auto-equilibrado: ≤ 2500 W |
Dimensiones | Longitud máxima: 200 cm
Anchura máxima: 75 cm Altura máxima: 140 cm |
Velocidad máxima | 25 Km/h |
Peso máximo | 50 Kg |
Frenos | Al menos dos frenos independientes |
Pantalla | Obligatorio que cuente con pantalla.
Debe mostrar como mínimo la velocidad y el nivel de batería. |
Ruedas |
Diámetro mínimo (incluido el neumático) de 20,3 cm (8 pulgadas). |
Neumáticos | Deben tener dibujo, y permitir la adherencia al terreno.
No se pueden usar neumáticos lisos. |
Timbre | Obligatorio |
Luces y Visibilidad | Catadióptricos reflectantes: frontal (blanco), en los dos laterales (blanco o amarillo), trasero (rojo).
Luz delantera (blanca) obligatoria. Luz trasera (roja) obligatoria. Debe tener función de luz roja que se ilumine al frenar. |
Distintivo ambiental | Les corresponde el de cero emisiones, y no es obligatorio llevar la pegatina. |
Estabilización al aparcar | Deben tener «pata de cabra» lateral, o caballete central, o cualquier otro sistema que evite que caigan al suelo. |
Sistema de plegado | Obligatorio sistema de bloqueo de cierre con dos niveles de seguridad independientes |
Placa de marcaje | Obligatorio llevar la placa de marcaje en aluminio con la siguiente información: Velocidad máxima, Número de serie o identificación, Número de certificado, Año de construcción, Marca y modelo. |

- ¡Ojo! En la tabla anterior te he resumido los requisitos técnicos más importantes que aplican a los patinetes eléctricos (VMP) en España.
- Pero la realidad es que la normativa establece muchísimos aspectos técnicos, con todo detalle. Si quieres consultarlos todos puedes ir aquí.
¿En qué casos es necesario matricular mi patinete eléctrico?
Es necesario matricular un patinete eléctrico siempre que no cumpla con los requisitos para ser un VMP (Vehículo de Movilidad Personal) *
* Aquí puedes leer qué requisitos tiene que cumplir un patinete eléctrico para ser considerado por Ley como un Vehículo de Movilidad Personal (VMP).
- ¡Tranquilo! ¡No te preocupes! porque todos los patinetes de las marcas más conocidas como Xioami, SmartGyro, Cecotec (menos el modelo Demigod Makalu), Hiboy…. son patinetes homologados como VMP y no necesitan matriculación.
Una excepción serían los patinetes eléctricos con velocidad máxima < 6 Km/h, que NO son VMP, sino que están considerados juguetes y evidentemente no necesitan matriculación.
¿Puedo poner un asiento a mi patinete eléctrico?
No hay ninguna normativa que impida colocar un asiento a tu patinete eléctrico.
Sin embargo, debes saber que si colocas un asiento, tu patinete eléctrico dejará de estar homologado como Vehículo de Movilidad Personal (VMP), y tendrás que cumplir ciertos requisitos especiales para poder circular con él.
Aquí puedes consultar qué necesitas cumplir para poder circular legalmente si tu patinete tiene un asiento y por tanto no cumple con los requisitos para ser un VMP.
Un patinete eléctrico con asiento, NO cumple los requisitos para ser considerado un Vehículo de Movilidad Personal (VMP)
Colocar un asiento en un patinete eléctrico NO es ilegal, ni está prohibido (como dicen algunas personas).
Simplemente tu patinete deja de ser un VMP, y tiene una categoría similar a la de un ciclomotor (categoría L1E).
- ¡Atención! Existe una excepción al caso general: y es que un patinete eléctrico con asiento sí puede ser considerado un VMP en caso de que cuente con sistema de auto-equilibrado. Lamentablemente, este tipo de patinetes son muy raros e infrecuentes, y ninguna de las grandes marcas de patinetes fabrican modelos con estas características. (Este tipo de vehículos VMP con asiento y autoequilibrados, no suelen tener el formato de patinete, sino que suelen ser del tipo Hoverboard con asiento, o Segway con asiento)
¡Por cierto! Si estás buscando un patinete eléctrico con asiento, puedes consultar este artículo
Si mi patinete eléctrico no cumple los requisitos para ser un VMP (ej: por tener un asiento), ¿Qué necesito para poder circular legalmente?
Si tu patinete no cumple con los requisitos para ser considerado un VMP (Vehículo de Movilidad Personal), necesitarás lo siguiente para poder circular:
- permiso de circulación
- carnet de conducir AM (el mismo que para ciclomotor de 50 cc). También sirve el A, A2, A1 y el B.
- tarjeta de ITV
- una matrícula
- un seguro
- llevar casco
Recuerda que NO necesitas cumplir ninguno de los requisitos anteriores para circular por zonas privadas, parques, urbanizaciones…, aunque tu patinete NO sea un VMP
¿Por dónde puedo circular con mi patinete eléctrico?
De manera general, un patinete eléctrico debe circular por el carril bici
Por lo tanto:
- Siempre se debe circular por los carriles bici y zonas habilitadas para bicicletas. Se deben respetar semáforos, pasos de cebra, etc. Y los peatones siempre tendrán preferencia.
- Si en una zona no hubiera carril bici, entonces los patinetes eléctricos deben circular por la carretera/calzada, al igual que lo haría una bici.
- En las calles cortadas al tráfico, los patinetes pueden circular por la carretera/calzada, de igual manera que lo haría una bici.
- Los patinetes eléctricos también pueden circular por parques, y por la carretera/calzada de las calles totalmente peatonales.
No está permitido circular por las aceras con un patinete eléctrico
Recuerda que, como explicábamos más arriba, esto es lo que dice la normativa general a nivel nacional.
Sin embargo, la normativa nacional permite que cada Ayuntamiento pueda imponer sus propias condiciones.
Por lo tanto, es muy recomendable que consultes la web de tu ayuntamiento para ver qué normas concretas aplican en tu municipio.
¿Qué tipos de patinetes eléctricos existen?
Según las caracterísiticas técnicas que tenga un patinete eléctrico, la normativa los clasifica en 5 tipos:
- Tipo A: Es el tipo de patinete más básico, que no alcanza los 20 km/h. Pertenecen a esta categoría aquellos clasificados como juguetes (que por diseño no pueden superar los 6 km/h). Este tipo de patinetes no pueden circular por la calzada en la mayoría de municipios, y deben circular por carriles bici.
- Tipo B: Es el patinete más común, con una velocidad que no debe superar los 30 km/h (suele estár limitada por el fabricante a 25 Km/h para obtener la homologación de VMP). A este Tipo pertenecen la mayoría de modelos más vendidos, como los patinetes Xiaomi. No es necesario seguro y tampoco matricularlos mientras cumplan con los requisitos para ser un VMP (ver aquí los requisitos para ser considerado un VMP).
- Tipo C: Están clasificados a su vez en 3 subcategorías (C0, C1 y C2). Estos suelen ser ya vehículos de bastante peso y con una velocidad máxima considerable. Dentro de este Tipo ya no encontramos patinetes del estilo de los Xiaomi, sino más bien vehículos eléctricos de 2 o 3 ruedas, destinados al reparto de mercancías o al transporte de personas.
¿Qué tipo de patinete eléctrico me compro?
Si tu intención es usar el patinete eléctrico como vehículo de transporte personal para tu día a día, y no quieres complicarte la vida con papeleos, ni contratar un seguro, ni pagar ningún impuesto… entonces te recomiendo que escojas un patinete del Tipo B.
La mayoría de patinetes eléctricos del mercado para uso personal son del Tipo B
Todos los patinetes eléctricos de las marcas más conocidas como Xiaomi, Cecotec (excepto el modelo Makalu), SmartGyro, Hiboy, etc… son del Tipo B.
¡Por cierto! Si estás buscando un patinete eléctrico para adulto, puedes consultar este artículo
¿De qué tipo es mi patinete eléctrico? ¿Qué tipo de patinete es mi Xiaomi?
Todos los patinetes eléctricos Xiaomi (Xiaomi M365, 1S, Essential, Pro, Pro 2, Scooter 3…) son del Tipo B y
están homologados como Vehículo de Movilidad Personal (VMP)
Además, la mayoría de los patinetes eléctricos más vendidos del mercado, como el Cecotec Serie A/A+, Cecotec Serie Z/Z+, Cecotec Serie S/S+, cualquiera de todos los patinetes Xiaomi, el SmartGyro Xtreme Speedway V20, SmartGyro Speedway V3, SmartGyro Raptor, SmartGyro Ziro/Ziro 2, Smartgyro K2, SmartGyro CrossOver X2, SmartGyro CrossOver X2 Pro, Dual, SmartGyro Xtreme XD, Hiboy S2, Hiboy S2 Pro, Hiboy S2 Lite, M Megawheels S1, Segway Nineboy Max G30, ZWheel E9, iScooter i9, Mtricscoto, etc… son todos ellos patinetes de Tipo B, y están homologados como Vehículos de Movilidad Personal (VMP).
¡Ojo! Si estás interesado en conocer todos los patinetes eléctricos Xiaomi, puedes consultar este artículo
¿Es obligatorio pagar el impuesto de circulación municipal para un patinete eléctrico?
Un patinete eléctrico (VMP) no necesita pagar impuesto de circulación municipal (ni ningún otro impuesto)
¿Es obligatorio que un patinete eléctrico lleve luces?
Sí, es obligatorio que un patinete eléctrico tenga sistema de iluminación

En concreto, los patinetes eléctricos deben tener luz frontal (color blanco), y luz trasera (color rojo).
Además, las luces deben usarse en las mismas situaciones y lugares que se utilizarían en un coche o una moto.
Es decir, debes usar las luces de noche, en situaciones con lluvia o niebla, etc…
¿Es obligatorio llevar chaleco reflectante en un patinete eléctrico?
No, aunque la normativa de la DGT lo marca como recomendable
¿Qué hago si tengo un accidente en patinete eléctrico?
Lo primero que debes hacer es intercambiar los datos personales con la otra persona implicada en el accidente.
Además, si hay daños graves a cualquiera de los vehículos, o hay alguna persona herida, debes llamar a la policia para que os ayuden y se encarguen de tramitar todo lo necesario.
¿Pueden ir 2 personas en un patinete eléctrico para adulto?
Según la normativa vigente, no pueden circular 2 personas en un patinete eléctrico que esté homologado como VMP
Aquí puedes ver los requisitos necesarios para que un patinete eléctrico esté homologado y considerado como VMP (Vehículo de Movilidad Personal).
En el caso de ser un patinete no considerado como VMP, entonces sí podrán circular en él 2 o más personas, dependiendo ya de la homologación que tenga ese modelo de patinete concreto.
Aunque en este último caso ya hablaríamos de vehículos similares a una moto eléctrica, o de patinetes de las clases C1/C2, que se alejan totalmente del concepto de Vehículo de Movilidad Personal (VMP).
¿Qué Multas me pueden poner si voy en patinete eléctrico?
- Conducir superando la tasa de alcohol: entre 500 y 1000€ (+inmovilización del vehículo)
- Conducir bajo efecto de otras drogas: 1000€ (+inmovilización del vehículo)
- Negarse a realizar pruebas de alcoholemia o drogas: es un delito (pena de prisión de 6 meses a 1 año, y privación del derecho a conducir de 1 a 4 años)
- Conducir mientras usas auriculares: 200€
- Conducir mientras usas el móvil: 200€
- Conducir por aceras y zonas peatonales: 200€ (excepto en municipios que así lo permitan expresamente)
- Conducir 2 o más personas en el patinete: 100€
- No utilizar casco: La cantidad (€) que establezca la ordenanza municipal (+inmovilización del vehículo si no consigues un casco en ese momento)
- No utilizar luces: 200€
- Recuerda que cuando la multa la recibe un menor de edad, los padres o tutores del menor serán los responsables de la infracción y deberán pagarla ellos.
¿Cuál es la potencia máxima permitida en un patinete eléctrico?
La potencia nominal para un patinete eléctrico VMP debe ser inferior a 1000 W
- ¡Atención! Los fabricantes de patinetes suelen proporcionar la potencia nominal y la potencia máxima de sus modelos. ¡No las confundas!
- La normativa establece el límite máximo para la potencia nominal, no dice nada del límite máximo de la potencia máxima.
- Como puede sonar un poco confuso, aquí te dejo un par de ejemplos para aclararlo:
- Un patinete que según el fabricante tiene una potencia nominal de 800W y una potencia máxima de 1400W 🡪 Sí cumpliría la normativa VMP porque su potencia nominal es inferior a 1000W.
- Un patinete que según el fabricante tiene una potencia nominal de 1200W y una potencia máxima de 2000W 🡪 No cumpliría la normativa porque su potencia nominal es superior a 1000W.
- Te recomiendo que cuando compares patinetes, o mires fichas técnicas, solo te fijes en la potencia nominal. Olvídate de la potencia máxima, como si no existiera.
- La potencia máxima (o de pico) la usan los fabricantes más como un tema comercial y de marketing, pero no es la que te importa a ti como usuario del patinete.
¿Cuál es la velocidad máxima permitida en un patinete eléctrico?
25 Km/h es la velocidad máxima permitida para los patinetes eléctricos homologados como Vehículo de Movilidad Personal (estos son la mayoría de patinetes como los Xiaomi, Cecotec, etc)
Regulación municipal de cada Ayuntamiento para patinetes eléctricos
La normativa nacional regula los aspectos generales para circular con patinetes eléctricos.
Pero además, esta normativa nacional permite que cada Ayuntamiento pueda aplicar sus propias regulaciones a nivel municipal.
Es importante que consultes la web de tu Ayuntamiento, para ver qué normas concretas aplican a los patinetes eléctricos en tu municipio
A continuación te resumimos las normativas particulares de los Ayuntamientos de algunas ciudades.
Normativa patinete eléctrico Barcelona
Este es el folleto resumen de la ordenanza municipal de movilidad personal en Barcelona.
Normativa patinete eléctrico Madrid
Aquí te dejo un link a la ordenanza municipal de vehículos de movilidad urbana en Madrid.
Normativa patinete eléctrico Valencia
Este es el PDF con la ordenanza municipal de movilidad completa de Valencia.
Es un PDF bastante grande porque incluye toda la normativa. Pero si estás interesado solo en los patinetes eléctricos, entonces puedes leer directamente de la página 38 a la 41.
Normativa patinete eléctrico Sevilla
Aquí te dejo un resumen de la ordenanza municipal de movilidad sobre patinetes eléctricos en Sevilla.
Normativa patinete eléctrico Pamplona
Este es un texto resumen con lo más importante que debes saber sobre la ordenanza de movilidad con patinetes eléctricos en Pamplona.
Normativa patinete eléctrico Palma de Mallorca
En este link puedes ver la normativa del BOIB sobre los vehículos de movilidad personal del Ayuntamiento de Palma.
Normativa patinete eléctrico Zaragoza
Ordenanza Municipal reguladora de los Vehículos de Movilidad Personal (VMP) de los tipos A y B.
Normativa patinete eléctrico Málaga
Ordenanza de Movilidad de la ciudad de Málaga
Normativa nacional española sobre patinetes eléctricos
Igual que sucede con cualquier otro vehículo (coche, moto…), los patinetes eléctricos no están regulados por una sola normativa.
La realidad es que son un conjunto de normas diferentes las que aplican a los patinetes eléctricos.
Por ejemplo: una normativa habla de cómo deben circular, otra de qué requisitos técnicos tienen que cumplir, otra de qué sanciones se pueden imponer, etc.
Por si quieres consultar por tí mismo la normativa concreta que aplica a los patinetes eléctricos en España, a continuación te dejo los links directos (este es el mismo material que yo he consultado para escribir este artículo):
- 2022 – Manual de características de los vehículos de movilidad personal (Resolución 12-Enero-2022)
- 2021 – Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial (20-Diciembre)
- 2020 – Modificación del Reglamento General de Circulación y del Reglamento General de Vehículos (RD 970/2020 del 10-Noviembre)
- 2019 – Aclaraciones técnicas y criterios para la formulación de denuncias de vehículos ligeros propulsados por motores eléctricos (Instrucción 2019/S-149 TV-108)
- 2019 – Normativa transitoria sobre Vehículos de Movilidad Personal (4-Diciembre)
- 2013 – Reglamento Europeo sobre homologación de vehículos de 2, 3 y 4 ruedas (UE 168/2013 del 15-Enero)
- 2003 – Reglamento General de Circulación (RD 1428/2003 del 21-Noviembre)
- 1998 – Reglamento General de Vehículos (RD 2822/1998 del 23-Diciembre)
Segun la DGT un patinete electrico con asiento SI puede considerarse VMP si tiene sistema de autoequilibrado.
No puedo copiar y pegar el enlace, pero lo tengo delante.
Solo busca «vehiculos de movilidad personal dgt» y te saldrá. Punto 4
Saludos
Hola Gerardo,
Gracias por tu comentario.
Además, lo que comentas es completamente cierto.
Sin embargo, en este caso decidí no incluir esa excepción en el artículo debido a que los patinetes eléctricos con asiento autoequilibrados son extremadamente raros de encontrar, y muy infrecuentes.
Ahora mismo no caigo en ningún modelo de patinete que tenga asiento, y que además tenga sistema de autoequilibrado. Ninguna de las grandes marcas de patinetes fabrica modelos con estas caracterísiticas.
Por eso decidí no incluir la excepción en el artículo, para mantener el contenido lo más simple y directo posible.
Por otro lado, como tú bien apuntas, sí existen otros vehículos considerados VMP con asiento y sistema de autoequilibrio, como serían los Hoverboard con asiento, o los Segway con asiento, por ejemplo.
Lo único que estos vehículos son algo diferentes a lo que entendemos por «patinetes», y quedarían un poco fuera del alcance de este artículo.
De todas maneras, te agradezco el comentario, y visto que puede generar confusión, incluiré una nota en el artículo para que quede claro lo que indicas.
Un saludo!
Se puede guardar un patinete eléctrico propio en un centro cívico?
Ya que en la calle no se puede dejar
Hola Mari,
Hay bastante confusión últimamente con el tema de dónde se pueden aparcar los patinetes eléctricos.
1. Sobre si en un centro cívico puedes aparcar un patinete:
Lo desconozco, porque la normativa actual no dice nada al respecto. Entiendo que dependerá de las normas de cada centro cívico en concreto. Al ser un patinete eléctrico un vehículo pequeño, yo no veo problema en poderlo guardar dentro. Pero lo dicho, debes preguntarlo en tu centro concretamente, porque la normativa no dice nada sobre esto.
2. Sobre aparcar el patinete en la calle:
Sí está permitido, pero hay algunos aspectos a tener en cuenta:
– Se deben aparcar en los espacios destinados a bicis y motos
– Si no hubiera lo anterior en las cercanías (50 metros), puedes aparcar el patinete en las bandas de estacionamiento de coches y motos (son los espacios pintados en el suelo para delimitar las plazas de aparcamiento)
– Si tampoco hubiera lo anterior en 50m, puedes aparcar el patinete en la acera, paralelo junto al bordillo, y dejando al menos 3m de ancho libre de paso (sobre este punto te recomiendo que consultes la web de tu municipio, porque hay veces que los Ayuntamientos imponen otras distancias mínimas).
Recuerda que en ningún caso puedes aparcar en zonas peatonales (que no sean acera), ni en paradas de taxis, ni de autobuses, ni sobre alcantarillas u otros elementos similares. Tampoco puedes anclar con una cadena tu patinete al mobiliario público, como semáforos o vallas.
Las multas por infracciones de aparcamiento en patinetes van desde 30€ a 200€ en función de la gravedad. Y me consta que en algunas ciudades están haciendo buena caja con esto, así que hay que andar con ojo…
Como ves, el tema de aparcar en la calle da bastante pereza.
Te recomiendo que siempre que puedas metas tu patinete en el establecimiento donde estés tú.
Un saludo!
Hola, compre una buena batería porque me gusta hacer travesías con mi patiente (Cecotec Serie Z). Mi pregunta es: ¿si podría circular por carreteras interurbanas por el arcén al igual que lo hace una bici?. También me gustaría preguntar ¿si se puede acoplar un remolque como los que llevan las bicis?. Muchas gracias.
Hola Gonzalo,
Te comento mi opinión:
1. Sobre circular por el arcén de una vía interurbana: Aunque no queda 100% claro en la normativa, mi conclusión es que NO puedes circular por el arcén de las vías interurbanas con un patinete eléctrico (VMP).
Es cierto que en general la normativa siempre habla de que un VMP debe circular por los mismos sitios que las bicicletas (que sí pueden ir por el arcén de vías interurbanas).
Sin embargo, hay restricciones concretas que aplican a los VMP, y no a las bicicletas, y esta es una de ellas según se describe en el artículo 38, apartado 4, del RD 970/2020 que modifica el RD 1428/2003.
No hay problema en hacer desplazamientos interurbanos con un patinete eléctrico (VMP), pero no puedes hacerlo a través de carreteras interurbanas (ni siquiera por el arcén), sino que tiene que ser por calles, caminos, etc.
2. Sobre acoplar un remolque a un patinete eléctrico. Según la normativa, no hay ninguna prohibición respecto a acoplar un remolque a un VMP, mientras el remolque no supere los 750 Kg de masa máxima autorizada.
Por lo tanto, sí puedes acoplar un remolque (< 750 Kg) como los que llevan las bicis a un patinete eléctrico. Espero haberte ayudado. Un saludo!
Hola :
Si importo uno con SILLÍN eléctrico de 350w y otro de 500w que alcance los 50km/h tiene que pasar la ITV, tener seguro, etc?, gracias
Hola Alberto,
1- Sobre el patinete con sillín de 350w:
Debido a que tiene sillín, no se considera un VMP (Vehículo de Movilidad Personal), por lo tanto, debes cumplir estos 6 requisitos si quieres circular por la vía pública:
– solicitar un permiso de circulación
– solicitar una autorización administrativa para conducir: es un papeleo que se hace en el Ayuntamiento (no es necesario carnet de conducir)
– solicitar la tarjeta de ITV
– matricular el patinete
– contratar un seguro
– llevar casco cuando circules
Para circular por zonas privadas, urbanizaciones, fincas… NO necesitas cumplir ninguno de esos requisitos.
Por último, si le quitas el sillín podrás circular por la vía pública sin cumplir tampoco ninguno de los 6 requisitos anteriores.
2- Sobre el patinete de 500w que alcanza 50Km/h:
Debido a que supera la velocidad máxima permitida por diseño para un VMP (25Km/h), también necesitarás cumplir los 6 requisitos que te comentaba en el punto anterior si quieres circular con ese patinete por la vía pública.
Para circular por zonas privadas, urbanizaciones, fincas… NO necesitas cumplir ninguno de esos requisitos.
Por último, si consigues un certificado del fabricante que diga que el patinete no supera los 25 Km/h, entonces podrás usarlo por la vía pública sin cumplir tampoco ninguno de los 6 requisitos mencionados.
Espero que te sirva de ayuda,
Un saludo
Hola! Puede un patinete eléctrico circular por el arcén de una carretera convencional? Es que he leído la DGT y diversos artículos y no me queda realmente claro. Gracias!
Hola Carmen,
Te comento mi opinión:
Aunque en la normativa no queda 100% claro, mi conclusión es que NO puedes circular por el arcén de una carretera convencional (vía interurbana) con un patinete eléctrico (VMP).
Es cierto que en general la normativa siempre habla de que un VMP (patinete) debe circular por los mismos sitios que las bicicletas (que sí pueden circular por el arcén de vías interurbanas).
Sin embargo, hay restricciones concretas que aplican a los VMP y no a las bicicletas, y esta es una de ellas según se describe en el artículo 38, apartado 4, del RD 970/2020 que modifica el RD 1428/2003.
Resumiendo, un patinete eléctrico (VMP) no puede circular por carreteras convencionales (ni siquiera por el arcén).
Espero haberte ayudado,
Un saludo.
Hola.
Solo una pequeña corrección.
Mutua Madrileña incluye el patinete eléctrico en su seguro de hogar si por las características del patinete eléctrico no es obligatorio el seguro obligatorio (valga la redundancia); pero si requiere seguro obligatorio por el motivo que sea (velocidad, sillín, etc), no lo incluye en el de hogar y no tienen seguro para patín eléctrico como tal, así que habrá que buscar otra aseguradora para el patín.
Es que lo acabo de preguntar y ha sido su respuesta.
Muchas gracias
Hola,
Gracias por tu comentario.
Voy a actualizar el artículo con la información que indicas para que quede más claro.
Muchas gracias por tu contribución!
Hola,tengo un smartgiro crosover dual,y vivo en un municipio llamado agaete,isla de gran canaria,España,es un pueblo pequeño pero hay sitios que no se si se puede circular a excepto que pregunte a la guardia civil,mi pregunta es esa,donde se puedo circular ,hay varias que tengo en mente,centro pueblo hacia San pedro el valle muchas gracias si me lo puede enviar por email se lo agradezco.
Hola Ramón,
Te pongo aquí un resumen de lo que dice la normativa general sobre por dónde puedes circular con tu patinete eléctrico:
1-De manera general, un patinete eléctrico debe circular por el carril bici
2-Por lo ranto, siempre se debe circular por los carriles bici y zonas habilitadas para bicicletas. Se deben respetar semáforos, pasos de cebra, etc. Y los peatones siempre tendrán preferencia.
3-Si en una zona no hubiera carril bici, entonces los patinetes eléctricos deben circular por la carretera/calzada, al igual que lo haría una bici.
4-En las calles cortadas al tráfico, los patinetes pueden circular por la carretera/calzada, de igual manera que lo haría una bici.
5-Los patinetes eléctricos también pueden circular por parques, y por la carretera/calzada de las calles totalmente peatonales.
Dicho esto, la normativa nacional española también contempla que el Ayuntamiento de cada Municipio (Agaete en tu caso) pueda imponer normas y restricciones específicas. Por eso te recomiendo que te pases una mañana por tu Ayuntamiento y preguntes.
En caso de que no haya ninguna norma específica entonces debes hacer caso a los 5 puntos que te he puesto más arriba.
Saludos para Gran Canaria! y gracias por tu comentario.
Muy buenas, a fecha de hoy, 17 de noviembre del 2022, ya se ha aprobado reglamentarianente la norma del uso “homologado” del casco circulando en patinete eléctrico por parte de la DGT, independientemente de cada Ayuntamiento? Porque hay Ayuntamientos que a principios de año hasta ahora dejaron d sancionar por esta disfunción reglamentaria.
Muchas gracias.
Hola Jordi,
Ok, gracias por la información.
Actualizo el artículo ahora mismo para dejarlo reflejado.
Un saludo